LEY 21.368 | PROHIBICIÓN DE PLASTICOS DE UN SOLO USO
LEY 21.368 | PROHIBICIÓN DE PLASTICOS DE UN SOLO USO
Establecimientos de expendio de alimentos NO deben entregar bombillas, cubiertos, revolvedores, palillos y productos de plumavit
Supermercados tienen la OBLIGACIÓN de ofrecer y recibir botellas retornables
Llamamos a la ciudadanía a hacer cumplir la normativa que prohíbe los plásticos de un solo uso, denunciado a aquellos lugares en que se entreguen estos productos.
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